Normas generales
Normas generales curso 2022-2023
Aprobadas por Consejo de Centro de 15 de julio de 2022
Artículo 1
Los contenidos de la enseñanza que se imparte en el Instituto de Idiomas se recogen en los programas de los diferentes idiomas y niveles.
Artículo 2
La matrícula libre no dará derecho a asistir a clase.
Artículo 3
Docencia dentro del periodo lectivo de la Universidad de Sevilla.
Se impartirán las siguientes horas lectivas presenciales teórico prácticas:
- Cursos anuales: tres horas semanales de clases
- Cursos semiintenvos cuatrimestrales: seis horas semanales de clases
- Cursos intensivos: 12 horas semanales (tres horas diarias cuatro días a la semana)
Artículo 4
En los idiomas y niveles donde haya más de un grupo, estos tendrán el mismo examen, salvo cuando haya varias sesiones en una misma convocatoria por razones de organización. Para solicitar cambios de fechas de exámenes, ya sean escritos u orales, por coincidencia con otros exámenes, se publicará en la página web la fecha y la hora límite para la presentación de los correspondientes justificantes.
Artículo 5
Una vez que el alumno haya entrado en el aula donde se celebre el examen escrito, no podrá solicitar al profesor figurar como no presentado en el acta; asimismo, los alumnos deberán permanecer en el aula durante la primera media hora del examen. Cuando un alumno haya salido del aula ningún otro podrá entrar a realizar el examen.
Artículo 6
- La evaluación final constará de una prueba escrita y de una prueba oral posterior que podrá ser grabada. Para pasar a la prueba oral el alumno tendrá que haber aprobado previamente la prueba escrita.
- Para superar la prueba escrita y realizar la media entre las distintas destrezas, será necesario obtener la puntuación mínima exigida en cada una de ellas. Si no se supera alguna de las mismas, las restantes destrezas no serán evaluadas, obteniendo la calificación “suspenso” en el conjunto de la prueba escrita.
- Dependiendo del idioma y de los diferentes niveles se establecerán en los respectivos programas los criterios de evaluación para superar la prueba escrita y oral y establecer el cómputo de la calificación global.
- La fecha y la hora concretas del examen oral de cada alumno se publicarán junto con las notas de la prueba escrita.
- En el nivel I una calificación mínima de 7 en la parte escrita (que sería la nota final global, en caso de no realizar el examen oral) exime del examen oral, que será optativo, salvo en Italiano A2 que será obligatorio el examen oral.
- Dentro del mismo curso y en caso de aprobar solo la prueba escrita, la calificación obtenida en dicha prueba tendrá validez durante todo el curso académico si el alumno quiere hacer solamente la prueba oral en alguna de las convocatorias posteriores. Así, el alumno podrá hacer el examen oral en cualquiera de las convocatorias correspondientes al curso matriculado en su caso, y/o en las pruebas de acreditación en que se inscriba siempre que no coincidan con las del curso matriculado. La primera convocatoria del curso académico es la de nov /dic y la última la de septiembre del año siguiente.
- El alumno se podrá presentar de nuevo a la prueba escrita para subir nota, siempre que no haya aprobado la prueba oral. Al presentarse de nuevo a la prueba escrita se anula automáticamente la calificación obtenida en la convocatoria anterior.
- Los certificados académicos solo se podrán expedir cuando las actas estén publicadas y firmadas. No se certificará calificaciones parciales de ninguna competencia.
Artículo 7
- Todo alumno tiene derecho a la revisión de su examen.
- El examen será revisado exclusivamente por el propio alumno.
- Las revisiones se llevarán a cabo durante, al menos, dos días lectivos entre los seis posteriores a la fecha de publicación de las calificaciones.
- En el procedimiento de revisión, el estudiante tendrá acceso a los documentos y demás materiales en los que se haya basado su evaluación.
- Los exámenes quedarán exclusivamente a disposición del IDI, no pudiendo quedar a disposición de las personas examinadas. Quedará además totalmente prohibido realizar copias de los mismos tanto de forma manual como con teléfonos móviles o cualquier otro dispositivo.
Artículo 8
Las convocatorias ordinarias para cada alumno son las recogidas en el cuadro publicado en las Normas de Matrícula y en la página web de este centro.
Disposición Adicional
Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en género masculino, como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.