Procedimiento solicitud Acreditación

A.- PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIA LINGÜÍSTICA

1.- Ámbito de aplicación:

         - Estudiantes  de Grado, Master universitario, Doctorado matriculados en la US del curso correspondiente y los estudiantes que sin estar este curso matriculado tengan el 100% de los creditos superados y les falte acreditar el idioma para cerrar expediente.

Esta acreditación será grabada en el Registro Académico y podrá realizar la consulta en Secretaría Virtual, idiomas acreditados.

           A los alumnos que hayan superado los exámenes de dominio de los cursos o pruebas de Acreditación del IDI se les grabará la acreditación en su expediente automáticamente, sin que el alumno tenga que realizar ningún trámite.

            - PAS y PDI de la US en activo. Se grabará en el Registro de Personal. Consultar en idiomas acreditados en la ficha personal del interesado.

2.- Documentación para acreditar:

 - Solicitud de acreditación de competencias lingüísticas cumplimentada y firmada por el interesado (impreso pinche aquí)

 -  Certificado o título oficial (no sirven los provisionales). Certificados/títulos reconocidos (pinche aquí) Sera necesario certificado de presencialidad con firma y sello original, expedido por la academia para aquellos diplomas que tengan varias modalidades de realización de examen( por ejemplo ANGLIA Esol,LANGUAGECERT, LINGUASKILL (Cambridge), TOEFL ibt, TOEIC, CAPMAN, etc). No se admitiran la modalidad de examen hecha en casa.

 -   Original del DNI

 - Autorización para presentar la documentación, en caso de no personarse el interesado (impreso pinche aquí) más original y copia del autorizado y copia del interesado.

- Los estudiantes de CEU Cardenal Spínola  deberán presentar además certificado expedido por el Centro de estar matriculado en el presente curso académico o tener superados todos los créditos de su titulación y de no tener acreditado otro idioma.

3.- Vías de presentación:

            - Secretaría del IDI (solicitar cita previa)

            - Registro de la US (Rectorado o Pabellón de Brasil) (solicitar cita previa)

           - cualquier Registro de las Administraciones Públicas (Registros de la Junta de Andalucía, Ayuntamientos, etc (ver apartado B)  debiendo aportar la documentacion original para digitalización como copia auténtica. (consultar con el Organismo si tienen cita previa)

          - por Correo Postal: por esta vía es necesario enviar la solicitud de acreditación junto con copia compulsada del diploma y DNI (las compulsas se realizan por un Organismo público o Notario)

Importante:

  • La solicitud se presentará en cualquier momento sin necesidad de sujetarse a un plazo concreto.
  • No se puede realizar dicho trámite por correo electrónico.
  • La solicitud de acreditación es gratuita.
  • Las acreditaciones se grabarán por riguroso orden de llegada al Centro.

 

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B.- PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS PREVIOS POR EL INSTITUTO DE IDIOMAS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA (IDI) MIENTRAS NO SEA POSIBLE LA ATENCIÓN PRESENCIAL

Primero.-

Los miembros de la comunidad universitaria – personal docente e investigador y personal de administración y servicios- y estudiantes de la US matriculados  (Grado, Master universitario y Doctorado) podrán presentar la solicitud de reconocimiento de certificados previos de nivel de idiomas (certificados reconocidos aquí), conforme a lo establecido en el II Plan de Política Lingüística de la Universidad de Sevilla aprobado en Consejo de Gobierno de diciembre 2019 (http://bous.us.es/2020/BOUS-01-2020/pdf/10Acuerdo6.2.pdf/view?searchterm=plan%20plus)

La solicitud podrá presentarse al Instituto de Idiomas de la Universidad de Sevilla (IDI) en cualquier momento del curso académico.

Segundo.-

El interesado presentará la solicitud de acreditación de competencias lingüísticas en el impreso oficial (enlace del impreso) debidamente firmado, acompañado del documento original del certificado para su digitalización (Certificados reconocidos aquí), conforme a lo indicado en el apartado siguiente.

En caso de autorizar a otra persona para presentar la solicitud, tanto el solicitante como su representante firmarán el documento de representación, (enlace de impreso), debiendo acreditarse la identidad de ambos al presentar la solicitud, mediante su documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente.

Tercero.-

La presentación de la solicitud podrá realizarse, de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en las oficinas de asistencia en materia de registro de la Universidad de Sevilla, cuando se proceda a su apertura al público, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de las Administraciones Públicas así como en las oficinas de Correos (el certificado o título deberá estar compulsado por un Organismo oficial), acreditadas por la Administración General del Estado como oficinas de información y registro mediante el sistema ORVE.

Puede obtenerse información sobre las oficinas disponibles en los siguientes enlaces:

El interesado, o su representante en el caso de presentarse por éste la solicitud, presentará para su digitalización la solicitud firmada, en su caso el documento de representación firmado por ambas personas, y el documento original del certificado del nivel de idioma cuya acreditación se solicita al IDI, siéndoles devueltos tras ello. La copia electrónica auténtica del certificado, que tendrá el mismo valor y eficacia que el documento original, junto con la solicitud de acreditación del certificado y, en su caso, el documento de representación, serán remitidos a la Universidad de Sevilla, Instituto de Idiomas, por parte de la Oficina de asistencia en materia de registro.

Cuarto.-

Tras las comprobaciones oportunas de la documentación aportada, el Instituto de Idiomas, sin coste adicional para el interesado, resolverá las solicitudes e inscribirá las acreditaciones validadas en el Registro de Acreditaciones de Idiomas (RAI), de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 del II Plan de Política Lingüística.

Una vez registrada la acreditación de idioma en el RAI, la misma quedará incluida en la Secretaría virtual y en la base de datos de Recursos Humanos.

 Quinto.-

Los estudiantes de CEU Cardenal Spínola  deberán presentar además de la documentación solicitada,  certificado expedido por el Centro de tener superados todos los créditos de su titulación y de no tener acreditado otro idioma.

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