Normas generales curso 2023-2024

Normas Generales

Aprobadas por Consejo de Centro de 14 julio 2023

Artículo 1

Los contenidos de la enseñanza que se imparte en el Instituto de Idiomas se recogen en los programas de los diferentes idiomas y niveles.

Artículo 2

La matrícula libre y de las pruebas de acreditación no darán derecho a asistir a clase ni a la certificación de horas lectivas.

Artículo 3

Docencia dentro del periodo lectivo de la Universidad de Sevilla.

Se impartirán las siguientes horas lectivas presenciales u online teórico prácticas:

- Cursos anuales: 90 horas lectivas (tres horas semanales de clases)

- Cursos semiintensivos cuatrimestrales: 90 horas lectivas (seis horas semanales de clases)

- Cursos intensivos: 90 horas lectivas (tres horas diarias cuatro días a la semana)

- Cursos cuatrimestrales de español: 45 horas lectivas (tres horas semanales de clases)

- Otros cursos cuatrimestrales: 45 horas lectivas

Artículo 4

En los idiomas y niveles donde haya más de un grupo, estos tendrán el mismo examen, salvo cuando haya varias sesiones en una misma convocatoria por razones de organización. Para solicitar cambios de fechas de exámenes, ya sean escritos u orales, por coincidencia con otros exámenes, se publicará en la página web la fecha y la hora límite para la presentación de los correspondientes justificantes.

Los exámenes de incidencias no llevarán sello CertACLES.

Artículo 5

El estudiante no podrá solicitar figurar como no presentado en acta una vez que haya entrado en el aula donde se celebre cualquier examen, sea escrito u oral. Además, deberá permanecer en el aula durante la primera media hora del examen escrito. Cuando un estudiante haya salido del aula ningún otro podrá entrar a realizar dicho examen.

El estudiante no podrá llevarse del aula/sala el examen, plantilla, etc.

En ningún caso se realizarán exámenes online, ya sean escritos u orales.

Artículo 6

  1. La evaluación final constará de una prueba escrita y de una prueba oral posterior que podrá ser grabada. Para pasar a la prueba oral el estudiante tendrá que haber aprobado previamente la prueba escrita.
  2. Para superar la prueba escrita y realizar la media entre las distintas destrezas, será necesario obtener la puntuación mínima exigida en cada una de ellas. Si no se supera alguna de las mismas, las restantes destrezas no serán evaluadas, obteniendo la calificación “suspenso” en el conjunto de la prueba escrita.
  3. Dependiendo del idioma y de los diferentes niveles se establecerán en los respectivos programas los criterios de evaluación para superar la prueba escrita y oral y establecer el cómputo de la calificación global.
  4. La fecha y la hora concretas del examen oral de cada estudiante se publicarán junto con la calificación de la prueba escrita.
  5. En el primer nivel de cada idioma, excepto italiano, una calificación mínima de 7 en la parte escrita exime del examen oral, que será optativo para el estudiante. En caso de no realizar el examen oral, la nota igual o superior a 7 obtenida en el examen escrito será la calificación final global del estudiante. En italiano, el examen oral es obligatorio en todos los niveles.  
  6. Dentro del mismo curso y en caso de aprobar solo la prueba escrita, la calificación obtenida en dicha prueba tendrá validez durante todo el curso académico si el estudiante quiere hacer solamente la prueba oral en alguna de las convocatorias posteriores.  Así, el estudiante podrá hacer el examen oral en cualquiera de las convocatorias correspondientes al curso matriculado en su caso, y/o en las pruebas de acreditación en que se inscriba siempre que no coincidan con las del curso matriculado. La primera convocatoria del curso académico es la de nov /dic y la última la de septiembre del año siguiente.
  7. El estudiante se podrá presentar de nuevo a la prueba escrita para subir nota, siempre que no haya aprobado la prueba oral. Al presentarse de nuevo a la prueba escrita se anula automáticamente la calificación obtenida en la convocatoria anterior.
  8. Los certificados académicos solo se podrán expedir cuando las actas estén publicadas y firmadas. No se certificará calificaciones parciales de ninguna competencia.

Artículo 7

  1. Todo estudiante tiene derecho a la revisión de su examen.
  2. El examen será revisado exclusivamente por el propio estudiante.
  3. Las revisiones se llevarán a cabo durante, al menos, dos días lectivos entre los seis posteriores a la fecha de publicación de las calificaciones.
  4. En el procedimiento de revisión, el estudiante tendrá acceso a los documentos y demás materiales en los que se haya basado su evaluación.
  5. Los exámenes, grabaciones y materiales de examen quedarán exclusivamente a disposición del IDI, no pudiendo quedar a disposición de las personas examinadas. Quedará además totalmente prohibido realizar copias de los mismos tanto de forma manual como con teléfonos móviles o cualquier otro dispositivo.

Artículo 8

Las convocatorias ordinarias para cada estudiante son las recogidas en el cuadro publicado en las Normas de Matrícula y en la página web de este centro.

Disposición Adicional

Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en género masculino, como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.