Normativa de matrícula
La matrícula de cada prueba de acreditación únicamente da derecho a realizar el examen para la convocatoria matriculada, no a la asistencia a clases. Recuerda que para presentarte a una de las pruebas no es necesario como requisito previo tener aprobado el nivel inferior. La nota de la parte escrita superada te la pueden guardar para otra convocatoria dentro del mismo curso académico, y de esta manera solo tendrías que examinarte de la parte oral. Tampoco hay límite de convocatorias a las que te puedes matricular. Puedes obtener más información sobre la normativa de matrícula de estas pruebas en las normas generales.