Normas específicas
Normas específicas de evaluación del Instituto de Idiomas curso 2025-2026 y 2026-2027
Aprobadas por Consejo de Centro de 17 de abril de 2026
Las presentes normas son de aplicación exclusiva a los estudiantes del Instituto de Idiomas de la Universidad de Sevilla y tienen como finalidad complementar la Resolución de la Secretaría General de la Universidad de Sevilla, de 18 de marzo de 2025, por la que se aprueba la versión consolidada de la Normativa reguladora de la evaluación y calificación de las asignaturas, así como cuantas modificaciones posteriores hayan sido formalmente aprobadas.
No serán de aplicación aquellas disposiciones reguladas en la resolución anteriormente citada que no resulten compatibles con el sistema específico de evaluación y calificación del Instituto de Idiomas.
Artículo 1. Exámenes comunes para todos los grupos de un mismo nivel e idioma
En los idiomas y niveles donde haya más de un grupo, estos tendrán el mismo examen, salvo cuando haya varias sesiones en una misma convocatoria por razones de organización.
Artículo 2. Exámenes de incidencias
Para solicitar cambios de fechas de exámenes, ya sean escritos u orales, por coincidencia con otros exámenes u otra causa justificable, se publicará en nuestra página web la fecha y la hora límite para la presentación de los correspondientes justificantes.
En las convocatorias con ello CertACLES, los exámenes de incidencias no llevarán este sello..
Artículo 3. Concurrencia al examen
Una vez que el estudiante haya entrado en el aula donde se celebre cualquier examen, sea escrito u oral, no podrá solicitar ser calificado como "No presentado" en dicho examen. Cuando un estudiante haya salido del aula ningún otro podrá entrar a realizar dicho examen.
El estudiante tiene el deber de realizar las pruebas de evaluación y los trabajos cumpliendo con las exigencias éticas previstas en la normativa aplicable y, en todo caso, absteniéndose de la utilización de procedimientos fraudulentos y de cooperar con ellos, tal y como se indica en el artículo 124. d) del Decreto 98/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Sevilla.
Una vez que el estudiante se encuentre en el aula, no estará permitido el uso de teléfonos móviles ni de cualquier otro dispositivo electrónico. Además, no podrá llevarse del aula el examen, las plantillas, ni ningún otro material relacionado con la evaluación, como exámenes, plantillas, cualquier otro material referente al examen, etc.
En ningún caso, se realizarán exámenes online, ya sean escritos u orales.
Artículo 4. Criterios de evaluación
- La evaluación final constará de una prueba escrita y de una prueba oral posterior que podrá ser grabada. Para pasar a la prueba oral el alumno tendrá que haber aprobado previamente la prueba escrita.
- Para superar la prueba escrita y realizar la media entre las distintas destrezas, será necesario obtener como mínimo el 50% de la puntuación máxima en cada una de ellas. Si no se supera alguna de las mismas, las restantes destrezas no serán evaluadas, obteniendo la calificación de “Suspenso 3” en el conjunto de la prueba escrita. En el caso de superar el examen escrito, pero no el oral aparecerá como “Suspenso 4”. Si aprueba el examen escrito, pero no se presenta al oral aparecerá como “No presentado”
- Los exámenes serán evaluados por cualquiera de los profesores del área.
- Dependiendo del idioma y de los diferentes niveles se establecerán en los respectivos programas los criterios de evaluación para superar la prueba escrita y oral y establecer el cómputo de la calificación global.
- La fecha y la hora concretas del examen oral de cada estudiante se publicarán junto con las notas de la prueba escrita.
- En el primer nivel de cada idioma, excepto italiano, una calificación mínima de 7 en la parte escrita exime del examen oral, que será optativo. En caso de no realizar el examen oral, la nota igual o superior a 7 obtenida en el examen escrito será la calificación final global del estudiante. En italiano, el examen oral es obligatorio en todos los niveles.
- Dentro del mismo curso y en caso de aprobar solo la prueba escrita, la calificación obtenida en dicha prueba tendrá validez durante todo el curso académico si el estudiante quiere hacer solamente la prueba oral en alguna de las convocatorias posteriores. Así, el estudiante podrá hacer el examen oral en cualquiera de las convocatorias correspondientes al curso matriculado en su caso, y/o en las Pruebas/Exámenes de Acreditación en que se inscriba siempre que no coincidan con las del curso matriculado.
- La primera convocatoria del curso académico es la de noviembre y la última la de septiembre del año siguiente.
- El estudiante se podrá presentar de nuevo a la prueba escrita para subir nota, siempre que no haya aprobado la prueba oral. Al presentarse de nuevo a la prueba escrita se tendrá en cuenta la calificación obtenida en la última prueba.
Artículo 5. Expedición de certificados
Hasta que las actas no se encuentren cerradas definitivamente no se podrá expedir el certificado académico.
No se certificará calificaciones parciales de ninguna competencia.
Artículo 6. Revisión de exámenes
- El examen será revisado exclusivamente por el propio estudiante y de forma presencial en los días y horas especificados en la tabla "Fechas de Publicación de Notas y Revisión de Exámenes", publicada en la página web del Instituto de Idiomas. En caso de ser menor de edad, podrá venir acompañado del padre, madre o tutor legal.
- Los exámenes quedarán exclusivamente a disposición del Instituto de Idiomas, no pudiendo quedar a disposición de las personas examinadas. Quedará además totalmente prohibido realizar copias de los mismos, tanto de forma manual como con teléfonos móviles o cualquier otro dispositivo.
Disposición Adicional
Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en género masculino, como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.